El caso es así. Una señora llevo su auto al taller para hacer unas reparaciones. Lo ingreso al local quedando bajo techo y se fue. Como el mecánico necesitaba lugar para arreglar otro auto antes, y decidido sacar el de la señora a la calle. Esto fue el 26 de julio de 2006 cuando cayo la mas importante granizada en Buenos Aires que también provoco serios daños en el auto de la señora que el tallerista había sacado a la intemperie.

La señora inicio juicio en contra del tallerista argumentando que ella había dejado el auto bajo techo y que la decisión de exponerlo al granizo había sido tomada por quien debía hacerse responsable de sus actos.

El mecánico demandado se defendió diciendo que el granizo caído ese día era imposible de prever, ya que nunca en la historia se había dado un fenómeno natural de tal magnitud en Buenos Aires. Que el no era culpable de ello, eran cosas de la naturaleza. Que además, es habitual que un auto después de repararse sea sacado a la calle para dejar lugar a otros, y que en ese caso en especial, e auto ya había sido arreglado y estaba afuera esperando a su dueña que debía retirarlo, y que el mecánico no tenia porque hacerse cargo si algo ocurría durante el tiempo que la dueña no venia a buscarlo. El auto estaba a disposición de la dueña.

El juez de Primer Instancia le dio razón al tallerista. Dijo que no era de imaginar la granizada que daño el auto como ocurrió, y que no se justificaba que el demandado asumiera un riesgo que nadie podía prevenir: la caída de piedras de tal magnitud que destruyeron miles de autos en menos de quince minutos.

La señora apelo al rechazo de la demanda. Los jueces de la cámara dijeron que si bien es cierto que una granizada de tal magnitud no había sido pronosticada y que era imposible preverla, lo que se evidenciaba en la cantidad de autos dañados. Había sorprendido a miles de automovilistas que circulaban por Buenos Aires. Pero considero que en ese caso debía tenerse en cuenta que la decisión de sacar el auto a la calle no había sido tomada por la dueña sino por el mecánico. Que la señora dejo el auto bajo techo y no hay constancia que haya sido autorizado ponerlo al descubierto. Además se probo que los arreglos se hicieron después de la caída del granizo, lo que contradice la versión del tallerista que alego que estaba listo y esperando ser llevado.

Ahora bien, se tuvo en cuenta que no había certeza que el automóvil no hubiese sido dañado igualmente si estaba en poder de sus dueña que también podía ser sorprendida como tantos miles de automovilistas. Ya que aun en el traslado desde el taller a su casa puedo ser alcanzado por las piedras, razón por la cual, podía estimarse una disminución de la responsabilidad del tallerista y hacer cardo del daño en partes iguales a este y la dueña, resolviendo que del arreglo presupuestaron en $ 4.800 el tallerista debía pagar $ 2.400 y la señora hacerse cargo de la otra mitad.

Situaciones como estas pueden darse aun sin que caiga granizo. Por ejemplo si un auto que debe estar dentro de un loca de taller es sacado a la calle i la vereda y resultando dañado por terceros, o cae sobre ellos una piedra o una botella arrojada desde un edificio, o es robado de la calle, el responsable es quien tiene el auto en custodia, es decir, el tallerista.

Lo mismo sucede cuando el mecánico sale a probar un auto. Si en tales circunstancias lo choca o se lo roban es responsable, salvo que tenga una autorización expresa, firmada por el dueño para hacerlo deslindando de responsabilidad al tallerista. Las cosas menos previsibles como la granizada del 26 de julio de 2006, pueden ocurrir. Asesórese con su abogado y tome previsiones para protegerse ante situaciones de riesgo.